El Banco Central emitió un comunicado precisando las opciones que tienen los cerca de 10.000 argentinos varados en el exterior para usar sus tarjetas de crédito y compra y sus fondos bancarios para sobrellevar la situación en que se encuentran. Se trata, en muchísimos casos, de personas imposibilitadas de volver al país por disposiciones del propio gobierno argentino.
Además, el gobierno también creó un “programa de asistencia sanitaria y alimentaria” para esos casos, aunque limitado a aquellos que puedan justificar, mediante una declaración jurada, una “situación de vulnerabilidad”.
Las opciones listadas por el Banco Central ratifican las restricciones impuestas por las medidas de control cambiario. Los residentes argentinos (esto es, argentinos nativos o extranjeros que hicieron de la Argentina su residencia habitual) que aún permanecen en el exterior, señala el comunicado, pueden “en cualquier lugar del mundo”, realizar las siguientes operaciones:
1 – “Consumir bienes y servicios con los fondos disponibles en cuentas locales del cliente en moneda extranjera o en pesos utilizando la tarjeta de débito”. Al respecto, el comunicado aclara que la decisión de si ese consumo se debita de la caja de ahorro en pesos o de una cuenta en moneda extranjera depende de cada cliente: puede “elegirla en la web de su banco o al momento de hacer la compra”.
2 – “Retirar moneda extranjera en efectivo por hasta los fondos disponibles en sus cuentas locales en moneda extranjera utilizando la tarjeta de débito”. El BCRA agrega que los fondos disponibles pueden ser incrementados mediante la realización de compras de cambio vía home banking “dentro de los límites normativos previstos”. Esto significa que aún a los argentinos varados en el exterior y que no pueden volver al país por disposiciones del propio gobierno, el Banco Centra les sigue aplicando el límite de compra de 200 dólares mensuales por persona. Aunque aclara que también pueden recibir “transferencias en moneda extranjera desde otras cuentas propias o cuentas de terceros”. En otras palabras, que te salven tus amigos o familiares.
3 – “Retirar moneda extranjera en efectivo con débito en sus cuentas locales en pesos utilizando la tarjeta de débito”. Sobre esto, la autoridad monetaria aclara que “una extracción con débito en la cuenta en pesos es compra de moneda extranjera por parte del residente computable a los efectos del límite de 200 dólares mensuales por persona”. De vuelta, las medidas de control cambiario ratificadas en la emergencia.
4 – “Consumir bienes y servicios con tarjetas locales de crédito y/o compra hasta el límite otorgado por el emisor de la respectiva tarjeta”. Se trata aquí se trata de una relación entre el emisor y el tenedor de la tarjeta.
5 – “Retirar en efectivo con tarjetas locales de crédito y/o compra hasta un monto máximo de 200 dólares en países no limítrofes y 50 dólares en países limítrofes”. Se trata en este caso de adelantos otorgados por el emisor de la respectiva tarjeta “sujeto a los costos financieros correspondientes”, con las restricciones vigentes, aunque el comunicado de la autoridad monetaria aclara que se trata de un “límite es por operación” y que se pueden “efectuar tantas operaciones como le permita el monto máximo de anticipos en efectivo fijado para la tarjeta de crédito y/o compra”.
6- “Recibir, en cuentas de remesadoras en el exterior, fondos transferidos por otros residentes desde cuentas locales en moneda extranjera. Los ordenantes podrán transferir hasta 500 dólares por mes calendario”. Esta opción, estableció el BCRA “deberá ser obligatoriamente ofrecida a sus clientes por las entidades financieras a través de sus canales electrónicos”. De vuelta, la facilidad por cuenta de otros. Además, advierte el comunicado del Central, “estas operaciones pueden estar sujetas a restricciones operativas establecidas por los sistemas de pagos internacionales o por las normas del país donde se realice la operación”.